PROYECTO DE LEY DE MINERIA: TERRITORIOS INDIGENAS


EL MELGAREJISMO EN LA MINERIA
Cráneo de M. Melgarejo, expresidente de Bolivia
El Proyecto de Ley de Minería (PLM) en su artículo 113 reconoce los derechos superficiarios que los mineros adquirieron antes del otorgamiento de títulos de Tierras Comunitarias de Origen (TCOs). 


Para comprender esto:

La concesión o derecho minero se sitúa en el subsuelo y es diferente de los derechos sobre la superficie como ser la propiedad de la tierra o de los recursos naturales situados encima, pero en los hechos el concesionario goza de las llamadas “servidumbres” que amplían su derecho a la superficie de su concesión, a predios vecinos y a otros mucho más allá y también a otros recursos naturales como agua, madera, etc.
Esto quiere decir que los derechos reconocidos a los indígenas sobre sus territorios a través de las TCOs valen menos que los del concesionario minero que ya obtuvo los suyos sobre esos territorios antes de que se convirtieran en TCO.


El Proyecto de Ley de Minería se refiere a los derechos de los mineros como “pre-constituidos” y/o “adquiridos”, lo que equivaldría a decir que los derechos superficiarios de los concesionarios mineros son más antiguos que los que se han reconocido a los indígenas, derechos que ya fueron puestos en la Constitución de 1994.


El Proyecto de Ley de Minería especifica que los derechos de los concesionarios valen sobre “áreas superficiales de cualquier dominio o naturaleza”, obtenidos “bajo cualquier título legal”. Esto quiere decir que no importa si fueron obtenidos a través de un régimen que ahora conocemos como neoliberal o republicano o colonialista o imperialista, etc, etc… eso no importa. Esto es como si se reconociera a los antiguos patrones de las haciendas los derechos que obtuvieron sobre las tierras de las comunidades, gracias a la legislación melgarejista (“bajo cualquier título legal”) antes de la reforma agraria o peor aún como si se reconociera derechos mineros obtenidos antes de la fundación de la República.


Pero el problema no es solo de los indígenas porque los términos “derechos pre-constituidos” y “derechos adquiridos” de los concesionarios mineros se están aplicando a cualquier espacio o recurso natural (agua, madera, etc…). Si vemos el mapa de las concesiones mineras en el país, comprenderemos que realmente estamos ante un problema nacional y que nadie –sea o no sea indígena- tiene más derecho que ellos. Por eso es que este proyecto de ley pareciera haber sido hecho por una fuerza de ocupación extranjera para apoderarse de todo y exportarlo en sociedad con las transnacionales.
Por Pablo Villegas N