EXPERTOS SUGIEREN
RECHAZAR TODO EL PROYECTO DE LEY MINERA
Alejandro Zegada/El
País, 11/04/2014
“Si el problema del proyecto de ley es la
soberanía del Estado sobre los recursos naturales, entonces sería necesario
cambiar todo el proyecto porque está plagado de disposiciones que debilitan o
arrebatan la propiedad nacional sobre los recursos del subsuelo”, a tal punto
que “pareciera que este proyecto de ley fue elaborado por una fuerza de ocupación
extranjera”.
Artículos del Alejandro Zegada, entre otros:
Un documento de
análisis del Centro de Información y Documentación Bolivia (CEDIB), criticó que
la discusión sobre el proyecto de ley de minería se haya reducido a unos pocos
artículos y a la cuestión de su constitucionalidad.
“En realidad la
Constitución Política del Estado establece que el derecho de explotación de los
recursos naturales solo lo puede otorgar el Estado, con lo cual queda cerrada
toda posibilidad para las cooperativas de hacer contratos por su cuenta
entregando este derecho a terceros”, explica el documento.
La tarde de ayer el
ministro de Gobierno, Carlos Romero, informó que tras cinco horas de análisis
jurídico junto al presidente Evo Morales y otras altas autoridades, el gobierno
y la Federación Nacional de Cooperativas Mineras (Fencomin) decidieron
conformar una comisión para consensuar la redacción del artículo 151 del
proyecto de Ley Minera, para que éste quede enmarcado en la CPE, según el
ministro de Gobierno, Carlos Romero.
“Luego de un análisis
cuidadoso, hemos establecido que una comisión debe trabajar de manera inmediata,
integrada por el Ministro de Minería y de Gobierno, y algunos delegados y
técnicos de la Fencomin para poder consensuar una redacción en torno
fundamentalmente al artículo 151 y posiblemente a algunos otros dos artículos
adicionales que plantea Fencomin, sobre todo el 132 y el 62 que también
propusieron analizarlo”, manifestó el ministro Romero.
Por su parte, el
presidente de Fencomin, Alejandro Santos, remarcó “la Fencomin y todas las
federaciones no vamos a vulnerar la ley madre que es la Constitución Política
del Estado, según a eso vamos a ir adecuando la nueva redacción con referencia
al artículo 151”.
El CEDIB advierte que
esto no es suficiente, y que “Si el problema del proyecto de ley es la
soberanía del Estado sobre los recursos naturales, entonces sería necesario
cambiar todo el proyecto porque está plagado de disposiciones que debilitan o
arrebatan la propiedad nacional sobre los recursos del subsuelo”, a tal punto
que “pareciera que este proyecto de ley fue elaborado por una fuerza de ocupación
extranjera”.
Según éste análisis,
el proyecto en su conjunto anula de hecho la reserva fiscal, con lo que se
priva al Estado de un “instrumento esencial para administrar con soberanía un
recurso que es del pueblo y preservarlo”. Con ello, denuncia el CEDIB, el
sector privado se beneficia con derechos propietarios sobre los recursos
nacionales, y esto anula la posibilidad de que los recursos sean conservados de
acuerdo a otros intereses que no sean los privados.
“Esto muestra el apuro
del gobierno y sus aliados para que todo se explote cuanto antes, y ni hablar
de que el motivo de la reserva del recurso sean las generaciones futuras”,
advierte el informe analítico.
De todas formas, la
comisión Gobierno-Fencomin, que tratará solamente los artículos citados,
empezará a trabajar desde mañana a las 09.00, en instalaciones del Ministerio
de Minería, y el miércoles de la próxima semana deberá presentar los resultados
a las 16.00, momento en que se reinstalará el diálogo de alto nivel, en el
también participará el presidente Evo Morales, según informó el ministro
Romero.
Proyecto favorece la privatización, a transnacionales y rescata el “gonismo”
De acuerdo al análisis
del CEDIB, el proyecto continúa privatizando la minería nacionalizada,
“violando abiertamente el artículo 372 de la CPE al ceder a las cooperativas
las áreas que recibieron de COMIBOL para su explotación sin que esta hubiera
cedido su titularidad”. A continuación se exponen varios artículos observados
dicho análisis.
El documento cita
numerosos artículos (130e, 162-II, entre otros, y no solo el “famoso” 151), que
orientan a que el Estado “ceda su facultad de ser quien otorga los recursos
naturales, permitiendo a los titulares de derechos mineros hacer contratos por
su cuenta y por ese medio permitir a las transnacionales tener acceso a los
recursos mineros además sin adquirir compromisos con el medio ambiente, pago de
tributaciones, etc.”.
También se observa que
los artículos 60-I y60-II tienen una
intención “clara” de que el Estado no sea quien dirija la industria minera. “Lo
que se pretende por tanto es, si no se puede eliminar a las empresas del estado
por lo menos que sean como cualquier otra empresa, que aunque sean del estado
no lo representen, y que por tanto no sean un instrumento de una política
económica estatal”, afirma el CEDIB, con lo que se contraviene lo establecido
por la CPE en su artículo 372-II.
Los artículos 198, 199
y 200 otorga beneficios a cooperativistas pero también a otros titulares de
derechos que no sean mineros, y que “en el fondo este derecho de asociarse con
el capital extranjero apunta a legalizar a los testaferros, o sea, titulares de
derechos que no tienen otro objetivo que vender sus concesiones a una empresa
extranjera. Se trata de capitalistas zaparrastrosos sin capital ni capacidad
para generarlo, que más que vivir de la minería pretenden vivir del estado, de
los créditos de fomento (FOFIM, FAREMIN y demás inventos), y del
subarrendamiento de sus derechos, que el proyecto pretende legalizar”.
“El gran beneficiado
con este sistema es el capital transnacional que así puede acceder a mineral
barato sin asumir responsabilidades sociales, laborales, impositivas y
medioambientales”, advierte el análisis.
El artículo 99-II reza
que “Ninguna persona natural, jurídica, comunitaria, colectiva u organización
social podrá impedir o suspender mediante violencia, amenazas, engaño, o
cualquier otro medio, la iniciación o continuidad de las actividades mineras ni
perturbar en forma alguna las labores normales de los actores productivos
mineros”. Este texto ha sido criticado por favorecer la actividad minera por
encima de otros usos del suelo y el agua, pero además por “criminalizar la
protesta” y conculcar el derecho a la huelga de los sectores que se vean
afectados por los privilegios mineros.
Según advierte el
CEDIB, también se pretende liberar de impuestos a las transnacionales. Ya es
conocido que el sector minero en el país es controlado por transnacionales y
cooperativas, cuyos valores de producción han alcanzado el año 2013 a alrededor
de 3 mil millones de dólares, el sistema impositivo vigente favorece a estos
sectores, por lo que apenas han contribuido, por regalías e impuestos, menos de
150 millones de dólares.
Asimismo, señala que
“la cuestión impositiva, como todos saben, ha sido dejada para otra ley, sin
embargo, no se puede fingir que no se conoce su contenido. En el anterior
proyecto ya existía un planteamiento bien elaborado donde se establecía un
límite de precios bajos a partir de los cuales los productores se beneficiaban
con la liberación del pago de impuestos. El cálculo de los límites de precios
que permiten la liberación de impuestos fue muy bien hecho por los
interesados”.
Si ese proyecto se
hubiese aprobado, explica el análisis, “se habrían beneficiado con liberación
de impuestos la Sumitomo con San Cristóbal, la mina más grande de Bolivia,
Manquiri de Coeur d’Alene Mines y Sinchi Wayra de Glencore, entre otros.
Conociendo este aspecto es comprensible que por una cuestión de estrategia el
gobierno y sus aliados mineros lo hubieran preferido dejar para después”.
Finalmente, se critica
que “los mineros que elaboraron el proyecto de Ley se han propuesto arremeter
contra las normas medioambientales porque les representan un costo inasumible”.
Para el CEDIB, el artículo 229 convierte al Ministerio de Minería (entidad
obviamente interesada en la ampliación e intensificación de la actividad
minera), en responsable del control ambiental sectorial, o sea en juez y parte
en cuanto a la conflictividad ambiental.
De igual manera, el
artículo 227 no evita que la actividad minera eche sus aguas residuales a ríos
o que penetre en reservas naturales y forestales. “La Ley minera pisotea las
vigentes normas medioambientales, el sistema de áreas protegidas, etc. creando
un régimen medioambiental especial para el sector minero como si dicha
actividad tuviera su propio medioambiente”, según explica el análisis del
CEDIB.
Proyecto pretendía
legalizar contratos “neoliberales” y “restaurar el Gonismo”Según informó Marco
Gandarillas, director del CEDIB estos y otros contratos que fueron firmados
entre cooperativas y transnacionales hace ya años “estaban siendo abiertamente
reconocidos por esta ley”.
Asimismo, denuncia que
con esta ley el actual gobierno marca una continuidad con lo establecido
durante el gobierno neoliberal del expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada:
“Otros artículos de esta misma norma, en las que de hecho se reconoce la
legalidad de todos los contratos que se firmaron desde el Código Minero
promulgado por Sánchez de Lozada, en las mismas condiciones además en que
fueron suscritas estas concesiones durante más de 20 años. Entonces se
consolida el régimen privatizador de los minerales que tenemos, y por el cuál
extensísimas superficies de territorio”.
Resaltó además que
actualmente existen más de 1 millón 77 mil hectáreas en poder de empresas
extranjeras, y alrededor de 800 mil hectáreas en manos de cooperativistas y
pequeños mineros, mientras apenas sólo hay 328 mil hectáreas en manos de la
empresa estatal COMIBOL.
Por su parte, el
director de Sociología de la UMSA, Eduardo Paz, considera que la inclusión de
estos aspectos en el proyecto de Ley Minera es una muestra clara de una
orientación “restauradora del Gonismo”.
La razón de ello,
explica Paz, es que el Gonismo es “un esquema político-económico orientado
estratégicamente a desarrollar un proyecto privatista-liberal aliado al
imperialismo, siendo utilizado para mantener la dependencia semicolonial y
explotar, como los siglos precedentes, los recursos naturales y al mismo tiempo
impedir el fortalecimiento del Estado Nacional y el impulso de una economía
endógena industrialista vinculada prioritariamente a las necesidades internas,
al desarrollo y bienestar integral de la población y a las potenciales
relaciones de integración con los vecinos de América Latina”.