ANALISIS DEL PROYECTO DE LEY DE MINERIA



EXPERTOS SUGIEREN RECHAZAR TODO EL PROYECTO DE LEY MINERA
Alejandro Zegada/El País, 11/04/2014

“Si el problema del proyecto de ley es la soberanía del Estado sobre los recursos naturales, entonces sería necesario cambiar todo el proyecto porque está plagado de disposiciones que debilitan o arrebatan la propiedad nacional sobre los recursos del subsuelo”, a tal punto que “pareciera que este proyecto de ley fue elaborado por una fuerza de ocupación extranjera”.

Artículos del Alejandro Zegada, entre otros:
Un documento de análisis del Centro de Información y Documentación Bolivia (CEDIB), criticó que la discusión sobre el proyecto de ley de minería se haya reducido a unos pocos artículos y a la cuestión de su constitucionalidad.



“En realidad la Constitución Política del Estado establece que el derecho de explotación de los recursos naturales solo lo puede otorgar el Estado, con lo cual queda cerrada toda posibilidad para las cooperativas de hacer contratos por su cuenta entregando este derecho a terceros”, explica el documento.


La tarde de ayer el ministro de Gobierno, Carlos Romero, informó que tras cinco horas de análisis jurídico junto al presidente Evo Morales y otras altas autoridades, el gobierno y la Federación Nacional de Cooperativas Mineras (Fencomin) decidieron conformar una comisión para consensuar la redacción del artículo 151 del proyecto de Ley Minera, para que éste quede enmarcado en la CPE, según el ministro de Gobierno, Carlos Romero.


“Luego de un análisis cuidadoso, hemos establecido que una comisión debe trabajar de manera inmediata, integrada por el Ministro de Minería y de Gobierno, y algunos delegados y técnicos de la Fencomin para poder consensuar una redacción en torno fundamentalmente al artículo 151 y posiblemente a algunos otros dos artículos adicionales que plantea Fencomin, sobre todo el 132 y el 62 que también propusieron analizarlo”, manifestó el ministro Romero.


Por su parte, el presidente de Fencomin, Alejandro Santos, remarcó “la Fencomin y todas las federaciones no vamos a vulnerar la ley madre que es la Constitución Política del Estado, según a eso vamos a ir adecuando la nueva redacción con referencia al artículo 151”.


El CEDIB advierte que esto no es suficiente, y que “Si el problema del proyecto de ley es la soberanía del Estado sobre los recursos naturales, entonces sería necesario cambiar todo el proyecto porque está plagado de disposiciones que debilitan o arrebatan la propiedad nacional sobre los recursos del subsuelo”, a tal punto que “pareciera que este proyecto de ley fue elaborado por una fuerza de ocupación extranjera”.


Según éste análisis, el proyecto en su conjunto anula de hecho la reserva fiscal, con lo que se priva al Estado de un “instrumento esencial para administrar con soberanía un recurso que es del pueblo y preservarlo”. Con ello, denuncia el CEDIB, el sector privado se beneficia con derechos propietarios sobre los recursos nacionales, y esto anula la posibilidad de que los recursos sean conservados de acuerdo a otros intereses que no sean los privados.


“Esto muestra el apuro del gobierno y sus aliados para que todo se explote cuanto antes, y ni hablar de que el motivo de la reserva del recurso sean las generaciones futuras”, advierte el informe analítico.


De todas formas, la comisión Gobierno-Fencomin, que tratará solamente los artículos citados, empezará a trabajar desde mañana a las 09.00, en instalaciones del Ministerio de Minería, y el miércoles de la próxima semana deberá presentar los resultados a las 16.00, momento en que se reinstalará el diálogo de alto nivel, en el también participará el presidente Evo Morales, según informó el ministro Romero.



Proyecto favorece la privatización, a transnacionales y rescata el “gonismo”


De acuerdo al análisis del CEDIB, el proyecto continúa privatizando la minería nacionalizada, “violando abiertamente el artículo 372 de la CPE al ceder a las cooperativas las áreas que recibieron de COMIBOL para su explotación sin que esta hubiera cedido su titularidad”. A continuación se exponen varios artículos observados dicho análisis.


El documento cita numerosos artículos (130e, 162-II, entre otros, y no solo el “famoso” 151), que orientan a que el Estado “ceda su facultad de ser quien otorga los recursos naturales, permitiendo a los titulares de derechos mineros hacer contratos por su cuenta y por ese medio permitir a las transnacionales tener acceso a los recursos mineros además sin adquirir compromisos con el medio ambiente, pago de tributaciones, etc.”.


También se observa que los artículos  60-I y60-II tienen una intención “clara” de que el Estado no sea quien dirija la industria minera. “Lo que se pretende por tanto es, si no se puede eliminar a las empresas del estado por lo menos que sean como cualquier otra empresa, que aunque sean del estado no lo representen, y que por tanto no sean un instrumento de una política económica estatal”, afirma el CEDIB, con lo que se contraviene lo establecido por la CPE en su artículo 372-II.


Los artículos 198, 199 y 200 otorga beneficios a cooperativistas pero también a otros titulares de derechos que no sean mineros, y que “en el fondo este derecho de asociarse con el capital extranjero apunta a legalizar a los testaferros, o sea, titulares de derechos que no tienen otro objetivo que vender sus concesiones a una empresa extranjera. Se trata de capitalistas zaparrastrosos sin capital ni capacidad para generarlo, que más que vivir de la minería pretenden vivir del estado, de los créditos de fomento (FOFIM, FAREMIN y demás inventos), y del subarrendamiento de sus derechos, que el proyecto pretende legalizar”.


“El gran beneficiado con este sistema es el capital transnacional que así puede acceder a mineral barato sin asumir responsabilidades sociales, laborales, impositivas y medioambientales”, advierte el análisis.


El artículo 99-II reza que “Ninguna persona natural, jurídica, comunitaria, colectiva u organización social podrá impedir o suspender mediante violencia, amenazas, engaño, o cualquier otro medio, la iniciación o continuidad de las actividades mineras ni perturbar en forma alguna las labores normales de los actores productivos mineros”. Este texto ha sido criticado por favorecer la actividad minera por encima de otros usos del suelo y el agua, pero además por “criminalizar la protesta” y conculcar el derecho a la huelga de los sectores que se vean afectados por los privilegios mineros.


Según advierte el CEDIB, también se pretende liberar de impuestos a las transnacionales. Ya es conocido que el sector minero en el país es controlado por transnacionales y cooperativas, cuyos valores de producción han alcanzado el año 2013 a alrededor de 3 mil millones de dólares, el sistema impositivo vigente favorece a estos sectores, por lo que apenas han contribuido, por regalías e impuestos, menos de 150 millones de dólares.


Asimismo, señala que “la cuestión impositiva, como todos saben, ha sido dejada para otra ley, sin embargo, no se puede fingir que no se conoce su contenido. En el anterior proyecto ya existía un planteamiento bien elaborado donde se establecía un límite de precios bajos a partir de los cuales los productores se beneficiaban con la liberación del pago de impuestos. El cálculo de los límites de precios que permiten la liberación de impuestos fue muy bien hecho por los interesados”.


Si ese proyecto se hubiese aprobado, explica el análisis, “se habrían beneficiado con liberación de impuestos la Sumitomo con San Cristóbal, la mina más grande de Bolivia, Manquiri de Coeur d’Alene Mines y Sinchi Wayra de Glencore, entre otros. Conociendo este aspecto es comprensible que por una cuestión de estrategia el gobierno y sus aliados mineros lo hubieran preferido dejar para después”.


Finalmente, se critica que “los mineros que elaboraron el proyecto de Ley se han propuesto arremeter contra las normas medioambientales porque les representan un costo inasumible”. Para el CEDIB, el artículo 229 convierte al Ministerio de Minería (entidad obviamente interesada en la ampliación e intensificación de la actividad minera), en responsable del control ambiental sectorial, o sea en juez y parte en cuanto a la conflictividad ambiental.


De igual manera, el artículo 227 no evita que la actividad minera eche sus aguas residuales a ríos o que penetre en reservas naturales y forestales. “La Ley minera pisotea las vigentes normas medioambientales, el sistema de áreas protegidas, etc. creando un régimen medioambiental especial para el sector minero como si dicha actividad tuviera su propio medioambiente”, según explica el análisis del CEDIB.


Proyecto pretendía legalizar contratos “neoliberales” y “restaurar el Gonismo”Según informó Marco Gandarillas, director del CEDIB estos y otros contratos que fueron firmados entre cooperativas y transnacionales hace ya años “estaban siendo abiertamente reconocidos por esta ley”.


Asimismo, denuncia que con esta ley el actual gobierno marca una continuidad con lo establecido durante el gobierno neoliberal del expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada: “Otros artículos de esta misma norma, en las que de hecho se reconoce la legalidad de todos los contratos que se firmaron desde el Código Minero promulgado por Sánchez de Lozada, en las mismas condiciones además en que fueron suscritas estas concesiones durante más de 20 años. Entonces se consolida el régimen privatizador de los minerales que tenemos, y por el cuál extensísimas superficies de territorio”.


Resaltó además que actualmente existen más de 1 millón 77 mil hectáreas en poder de empresas extranjeras, y alrededor de 800 mil hectáreas en manos de cooperativistas y pequeños mineros, mientras apenas sólo hay 328 mil hectáreas en manos de la empresa estatal COMIBOL.


Por su parte, el director de Sociología de la UMSA, Eduardo Paz, considera que la inclusión de estos aspectos en el proyecto de Ley Minera es una muestra clara de una orientación “restauradora del Gonismo”.


La razón de ello, explica Paz, es que el Gonismo es “un esquema político-económico orientado estratégicamente a desarrollar un proyecto privatista-liberal aliado al imperialismo, siendo utilizado para mantener la dependencia semicolonial y explotar, como los siglos precedentes, los recursos naturales y al mismo tiempo impedir el fortalecimiento del Estado Nacional y el impulso de una economía endógena industrialista vinculada prioritariamente a las necesidades internas, al desarrollo y bienestar integral de la población y a las potenciales relaciones de integración con los vecinos de América Latina”.