Mientras que en
los grandes medios y redes se continúa hablando de “la carretera” que
atravesaría el TIPNIS, la ley 969 apunta a un plan mucho más grande, mucho más ambicioso...
Por Pablo Villegas N., investigador del CEDIB, 23-8-2017
Mientras que en los grandes
medios y redes se continúa hablando de “la carretera” que atravesaría el
TIPNIS, la ley 969 ha dejado atrás ese proyecto para dar paso a un plan mucho
más grande, mucho más ambicioso, que es “…la apertura de caminos vecinales,
carreteras, sistemas de navegación fluvial, aérea y otras” (Art 9), fijando un
plazo de ciento ochenta (180) días para la elaboración del Plan Integral de
Transporte del TlPNlS (Disposición Transitoria Única) con lo cual –valga la
redundancia- no puede quedar duda de que estamos hablando de mucho más que simplemente
“la carretera” o “el trazo”.
Pero hay más.
La ley en su artículo 10,
abre el parque a gente que no es del área; a los “privados” como los llama, para:
1) la
explotación de recursos naturales renovables, y
2) “el desarrollo
de actividades productivas”.
En los dos anteriores
puntos resulta difícil hallar alguna actividad económica que quede clara y
expresamente excluida. Con esto queda claro que el TIPNIS de hecho deja de ser
un parque o área protegida para convertirse en una más de las zonas de
colonización y que los privados no se alzarán con una ramita sino con todo el
bosque. Este es el verdadero significado del retiro de la intangibilidad.
Estos privados, según la
nueva ley, podrán realizar sus actividades económicas a condición de que:
1)
Tengan acuerdos
o asociaciones con los pueblos indígenas del TlPNlS, y
2)
Cuenten con la
autorización de las entidades estatales competentes
El punto segundo es una
aberración porque no existe autoridad competente para autorizar la devastación
de un parque o área protegida, a no ser que nos apeguemos a la Ley Marco de la
Madre Tierra que -como indicamos en otra parte[i]-
no tiene otro objetivo que el de facilitar la concesión de los recursos
naturales para su explotación tirando al tacho la herencia de las generaciones
futuras.
En cuanto al primer punto,
ha sido redactado de una forma grosera sin especificar o definir a qué tipo de
acuerdo o asociación se refiere, ni cuál es el marco legal/ley/norma que guiará
su aplicación. Con este mismo vicio se establece que “Estos acuerdos o
asociaciones deberán garantizar un margen de ganancia porcentual…” a los
indígenas.
Esto quiere decir que el
resultado de estas asociaciones será producto de la relación, por una parte, entre
el que tiene la plata, las máquinas, los contactos y está dispuesto a matonear,
y por otra, los que no tienen nada de ello, los indígenas. Esto sí que podemos
llamar pobreza; y es resultado de la introducción desalmada del capitalismo salvaje
por un gobierno que se precia de medioambientalista, anticapitalista e
indígena.
Las consecuencias previsibles
de esta normativa se hacen evidentes a través de un hecho reciente que refleja la
situación social -o relación de fuerzas- en que han caído los indígenas del
TIPNIS. Hace unos días, una comisión mixta de la Asamblea Legislativa
Departamental y el Comité Cívico de Cochabamba, se dirigió al área con el objetivo
de supervisar la construcción de los puentes en el tramo II de la carretera
Villa Tunari-San Ignacio de Moxos y lo que ocurrió es funesto.
Los cocaleros o CONISUR les
salieron al paso y no les permitieron ingresar al territorio para cumplir con
su misión, sosteniendo, en palabras del cacique mayor de los colonos del
Consejo Indígena del Sur (Conisur), Eladio Roca lo siguiente:
“los dueños del territorio somos
nosotros quienes tenemos que poner fecha y lugar (para visitar) a la cabeza de
nuestros diputados”[ii]
Este hecho confirma lo
que venimos denunciado hace años, que toda esta legislación gubernamental relativa
al conflicto del TIPNIS buscaba legalizar el ingreso de los cocaleros al
territorio indígena despojando a los indígenas de sus derechos, es decir, de su
condición de ciudadanía plena. Ahora vemos lo duro que esto es en la realidad;
la actitud del CONISUR los somete de hecho a una condición similar a la de los
indios cercados en siglos pasados y la nula reacción del estado legitima esta
condición en la práctica.
No estamos ante un caso suelto;
esto es política de estado. Abundan los hechos que muestran el combate franco
del gobierno contra la existencia independiente de las organizaciones propias
de los indígenas y en general de la sociedad civil. Para citar algunos ejemplos
hemos visto la forma en que el gobierno consigue los acuerdos y lo ha hecho
durante estos años en el TIPNIS y en otras áreas indígenas, y cómo se hizo la
consulta previa del 2012.
Hemos visto cómo las organizaciones sociales -indígenas
y no- que como Qonamac y DDHH no se han sometido fueron asaltadas violentamente,
y cómo se ha ido estableciendo una normativa que coarta cada vez más los
derechos no solo indígenas sino civiles en general. En cuanto al régimen de
trabajo, no se puede afirmar que en el país hemos avanzado en la última década.
En varios sectores, como en la minería y la exportación de mano de obra a los
talleres de Brasil y Argentina, se ha retrocedido a regímenes de trabajo de
principios del siglo pasado.
Estos hechos y este
contexto, nos dan por una parte la pauta para interpretar la ley 969 y por otra
nos permiten ver que es muy similar a lo ocurrido en tiempos de Melgarejo
cuando las tierras comunales fueron expropiadas
por los “privados”, que con la tierra expropiaron también a los indígenas.
Estamos
pues ante un nuevo proceso de empatronamiento de los pueblos indígenas y/o
alternativamente de su eliminación física del área.
[i]
http://www.cedib.org/wp-content/uploads/2013/09/leyes-para-sacarle-la-madre.pdf
[ii] 10 de agosto de 2017 Colonos afirman que son
dueños del TIPNIS y que se les debe pedir permiso para ingresar. ANF-Los
Tiempos